La reproducción de las marcas de otros en los códigos fuentes de un sitio Internet de modo que éste aparezca provechosamente a los internautas que preguntan motores de investigación a partir de estas marcas, constituye actos de falsificación cuando el lugar se sitúa en un sector de actividad similar a los servicios cubiertos por dichas marcas y que puede existir un riesgo de confusión en el espíritu del consumidor.
CA París, 4.o CH. A, 12 Oct 2005, CO DSD c CO Blue Acacia
“(…) Sobre la falsificación de las marcas:
Considerando que la sociedad Blue Acacia acusa a la sociedad DSD ha falsificado sus dos marcas antes citadas Blue Acacia reproduciéndolos en los códigos fuentes de sus sitios, generando así su referencia en los motores de investigación;
Considerando según el acta de acta de ujier (…), que la sociedad DSD reprodujo la denominación verbal Blue Acacia en tres ocasiones en los códigos fuentes de sus lugares, en particular, a la rúbrica “title”;
( …)
Considerando que se siga que los servicios ofrecidos por la sociedad DSD y los contemplados a los depósitos de las marcas de la sociedad Blue Acacia son similares, poco importante que la sociedad DSD haya desarrollado también una actividad de conexión Internet por satélite;
Que por consiguiente, la reanudación en los códigos fuentes de los lugares de la sociedad DSD de la denominación Blue Acacia distintivo y dominante de las marcas cuya sociedad intimada es titular, puede crear un riesgo de confusión en el espíritu del público dejando accroire a un origen común de los servicios respectivamente propuestos por las sociedades Blue Acacia y DSD, que se producen en el mismo sector de actividad;
Considerando que se confirmará así emprendida la decisión, que seleccionó la falsificación por imitación de las marcas Blue Acacia;
(…)”
la présence des marques vont permettre aux moteurs de recherche de lier le site aux demandes d’internautes en relation avec lesdites marques, et il y a bien une atteinte à la fonction de la marque.
Le fait de reproduire la marque d’autrui à titre de méta tags, de mots-clés permettant d’être référencé automatiquement par les moteurs de recherche en liaison avec ces titres constituait bel et bien des actes de contrefaçon - dès lors qu’il se situait dans le cadre du principe de spécialité
















[...] Plusieurs sociétés ont déjà été condamnées sur le fondement de la contrefaçon pour avoir utilisé la marque d’un concurrent dans les méta tags (voir décisions) [...]